El 23 abril de este año entró a la comisión de Legislación General del Senado de la Nación el proyecto de Ley que la cartera nacional de Salud, a cargo de Mario Lugones, presentó para modificar la actual Ley de Salud Mental, vigente desde 2010. El proyecto, que actualmente se encuentra bajo el debate de Senadores, propone modificaciones en artículos clave como la atención integral, el enfoque comunitario de la salud mental, y la prohibición de crear nuevos hospitales monovalentes. 

Si bien la normativa propuesta aún tiene que debatirse en comisiones en la Cámara Alta, distintas asociaciones, profesionales independientes y otros trabajadores del ámbito de la salud, pusieron el ojo fino en cuanto a las modificaciones de la ley 26.657 que propone el Ministerio de Salud.

Se quiere volver al modelo de encierro”, afirmó Mirta Elvira, psicóloga especialista en salud mental comunitaria y fundadora del centro cultural Camino Abierto, en conversación con Al Margen. La Ley vigente, aprobada en 2010, hace hincapié en la garantía de los derechos humanos de las personas con padecimientos mentales, y en la erradicación de las instituciones de internación monovalente o manicomios. 

Lo que pretenden es retroceder a un modelo manicomial que no ha dado resultados en la humanidad, pero sí ha dado resultados a las clínicas privadas, a los laboratorios y a los psiquiatras”, señaló Elvira, y agregó que “llegamos a esto por no implementar la Ley actual”. Si bien la normativa vigente adjudica un 10% del presupuesto total del Ministerio de Salud para la aplicación de la Ley, según un informe de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), en la última década este porcentaje no superó el 2,66%. Según la especialista, el problema de la situación actual es que no se lleva a la práctica la letra de la Ley: “no se le dio presupuesto ni formación a los profesionales. Entonces, hay un componente legal, que es la ley, pero también uno político, que son las acciones concretas para que se lleve a cabo lo que dice la normativa, y después faltaron otros componentes como la descentralización de los recursos, para que las personas no lleguen al hospital con una crisis”.

Desmanicomialización, un punto clave de la Ley

Uno de los puntos más polémicos del proyecto es la modificación es el artículo 27, que prohíbe explícitamente la “creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados”, mientras que la propuesta presentada por el Ministerio nacional de Salud elimina esa parte del artículo y sólo aclara que los establecimientos de salud “deben funcionar conforme a los objetivos y principios expuestos por esta ley y de acuerdo a las normas complementarias y aclaratorias que establezca la Autoridad de Aplicación”

Desde la Declaración de Caracas, impulsada por la OMS en 1990, países en distintas partes del mundo han modificado sus leyes de salud mental o creado nuevas, para alinearse con el contenido de esta normativa institucional, que indica que la internación asilar prolongada vulnera los derechos humanos. Brasil, en 2001, Uruguay, en 2017, y Argentina, en 2010, aggiornaron sus leyes para apuntar hacia la desmanicomialización a largo plazo, y en el corto plazo lograr otros dispositivos de atención que tengan en cuenta a la persona como un sujeto de derecho y con la idea de atención integral a la salud al momento de abordar una problemática de salud mental. También Canadá apuntó a cerrar grandes centros psiquiátricos para pasar a un modelo de base comunitaria, y en Europa, Italia prohibió en el 78’ la creación de nuevos hospitales psiquiátricos, mientras que España renovó su normativa en 1986, apuntando a sustituir los manicomios por redes de atención comunitaria. 

Se quiere volver al modelo médico hegemónico. Apuntan al encierro y a abrir las puertas a que la salud sea un objeto mercantilista y no un objeto de derecho. Se trata de alejar a la sociedad del loco y del adicto”, señaló Mirta Elvira, que además de especializarse en salud mental comunitaria, forma parte de la Asociación Civil de Usuarios, Familiares y Amigos de Salud Mental (ACUFA), una de las organizaciones que forman parte del órgano de revisión de la Ley 26.657 y de la normativa provincial, y afirmó que se trata de “un retroceso en los derechos de las personas”.

Otro de los artículos que el Ejecutivo propone modificar es el octavo, que promueve la atención en salud mental a cargo de un equipo interdisciplinario conformado por profesionales de distintas áreas tales como psicología, psiquiatría, enfermería, trabajo social, entre otras disciplinas competentes. El nuevo texto no elimina del listado de profesionales a las distintas disciplinas, pero sí introduce que uno de los miembros del equipo “deberá ser médico psiquiatra”, dando prioridad a esta especialidad por sobre otras. 

En la misma línea modifica el artículo 16, que detalla los requisitos de internación: actualmente se requiere la firma de dos profesionales, uno de ellos psicólogo o psiquiatra, mientras que la modificación propone que en estos casos sólo pueda firmar un psiquiatra. 

“Lo que impone el artículo 16, lejos de aumentar las internaciones o facilitarlas, lo que hace es obstaculizarlas, va a crear nuevas barreras de acceso y representa un serio y preocupante descuido para los usuarios y para la comunidad toda”, señaló Josefina Moreyra, Jefa del Servicio de Salud Mental del Hospital Enrique Erill, ubicado en Escobar, provincia de Buenos Aires, durante el plenario celebrado en el Senado Nacional, donde expusieron frente a las comisiones de Salud y Legislación General, distintos profesionales del sector. 

No es casual que pidan que firme un psiquiatra, porque es el que le abre las puertas a los laboratorios”, agregó Mirta Elvira, y afirmó que “si vos ves la poca cantidad de psiquiatras que tenemos en el país, te das cuenta de que no les importa la atención hacia la gente”. Según la especialista, la normativa apunta a “medicar y abrir las camas en los psiquiátricos”.

No es sólo un cambio semántico 

Aunque parezca un detalle técnico, una de las modificaciones que se proponen consta en el reemplazo del término “padecimiento mental”, por “afección o trastorno mental”.  Según un detallado análisis del documento, que realizó la Asociación Argentina de Salud Mental (AASM), mientras la primera es una categoría amplia, que incluye el trastorno mental, la segunda noción reduce el universo de personas con derecho a ser alcanzadas por la normativa.

El padecimiento mental es un abanico muy grande: desde un ataque de pánico, un problema de insomnio hasta un trastorno mental severo”, explicó Elvira, y agregó que “ellos sacan ese término con lo cual cualquier persona de la sociedad que tenga un padecimiento mental que no sea un trastorno, no tiene derecho. Es otra forma de sacarle plata a la gente, o de dejar que sólo las personas que puedan pagar se puedan atender”.

Un modelo mixto, y contradictorio

En Rio Negro, la Ley 2440 de Promoción Sanitaria y Social de las Personas que padecen Sufrimiento Mental, cumple este año tres décadas y media desde su sanción, demostrando un fuerte compromiso por parte de los profesionales de la provincia respecto de los derechos de las personas con padecimientos mentales. La normativa provincial establece, entre otros puntos, la prohibición de las instituciones monovalentes, la atención de la salud mental en hospitales generales, la internación como último recurso,  la implementación de un enfoque de salud mental comunitaria a través de equipos interdisciplinarios y de dispositivos intermedios -como casas de medio camino, centros culturales, centros de día-, y la inclusión de los consumos problemáticos dentro de las afecciones de salud mental. 

En este marco legislativo, en la ciudad de Bariloche surgieron proyectos como el de La Esquina, un dispositivo intermedio que incluía jornadas en el Hospital Zonal Ramón Carrillo, talleres, mesas de debate y otras actividades que apuntaban a la prevención y a la inclusión social de las personas con padecimientos mentales; o como Camino Abierto, un centro cultural comunitario abierto tanto para los usuarios específicos del sistema de salud mental del Hospital, como para cualquier vecino de la ciudad.

“Una de las virtudes de nuestra ley provincial es que se prohíbe todo trato cruel e inhumano, y puntualmente el electroshock, que es una práctica que aún se da. Por eso nosotros lo tenemos dentro de un artículo, porque en el resto del país no está prohibido”, señaló Elvira y relató que, durante las exposiciones en el Senado, hubo profesionales que mencionaron el uso de dicha práctica. “Si bien las provincias son autónomas, nos impacta la modificación nacional porque van a aparecer oficios y profesionales con la perspectiva de la nueva ley. Es como trabajar en un modelo mixto: un modelo médico hegemónico y un modelo comunitario. Son totalmente contradictorios”, resaltó la especialista y representante de usuarios y familiares de salud mental en Rio Negro. 

Por último, recordó la importancia de la defensa y la implementación de la normativa actual y remarcó que “todo lo que dice la Ley se puede hacer”.

Por Lorena Bermejo
Equipo de Comunicación Popular Colectivo Al Margen

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