Sobre el decreto que modifica la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, disuelve el Afsca, la Aftic y crea el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).
El juez platense Luis Arias había acogido el 30 de diciembre una presentación en contra de la intervención en la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. En su fallo dictaba una medida precautelar que prohibía que hubiera modificaciones al organismo del 29 de diciembre en adelante. La lógica intención era que no hubiera más cambios hasta tanto no se resolviera la cuestión de fondo por la nulidad o no de los decretos con los que el gobierno avanzó sobre la autoridad de aplicación de medios audiovisuales.
Sin embargo, el gobierno, el 30 de diciembre anunció un nuevo decreto, el que daría nacimiento al Ente Nacional de Comunicaciones -Enacom- que unificaría los temas de medios audiovisuales y telecomunicaciones, y por lo tanto, disolvería tanto AFSCA como la autoridad de aplicación de la Ley Argentina Digital, AFTIC.
De todos modos, solo era un anuncio y faltaba la publicación en el Boletín Oficial para que fuera real. No creímos que fueran capaces: la justicia había dicho explícitamente que quedaba prohibida cualquier modificación de AFSCA. Y disolverla, ¡vaya que es una modificación!
El lunes 4 de enero, en la página 9 del Boletín Oficial apareció el decreto -uno más, y van- con número 267 que crea el Ente Nacional de Comunicaciones. No importó lo que dijo la justicia.
Y no solo eso, el mismo decreto, en una flagrante falta de institucionalidad, división de poderes y ética republicana, publica explícitas modificaciones a artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y a la Ley Argentina Digital. Como un Nerón moderno para quien su fuego es la tinta con la que expresa su firma, lo que parece importarle a Macri es avanzar, dominar, incinerar todo lo conocido aún a riesgo de quemarse, como vía rápida para construirse un escenario a medida. A espaldas de todos los acuerdos y formas de convivencia sociales. Rousseau se revuelca en su tumba.
El ENACOM será un ente autárquico y descentralizado, en la órbita del Ministerio de Comunicaciones. Tendrá las competencias que anteriormente correspondían a AFSCA y AFTIC, y curiosamente eso no deja sin efecto que el Ministerio en sí también tenga algunas atribuciones de su competencia (art. 2). Poseerá un presidente y seis directores, tres de ellos nombrados por el PEN y tres por la “Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización” (art.5), a la que podríamos llamar como “Comisión Lluvia de Tags”.
Asimismo, si bien modifica artículos de la Ley Argentina Digital, solo nos concentraremos en las modificaciones que hace de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Reforma entre otros el artículo 38 de adjudicación a demanda de licencias para cable y servicios digitales. Excluye el cable, ya que pasa a la órbita de las telecomunicaciones (art.14). Permite prórrogas de propiedad de licencia de 5 años + 10 años. Es decir, posibilidad de extender licencias 15 años (art. 15). El artículo 16 del decreto reforma el 41 de la Ley y permite las transferencias de licencias, salvo para licenciatarios sin fines de lucro. Se modifican los límites a la cantidad de licencias, quedando para el orden nacional un máximo de 1 de servicios en soporte satelital y 15 de tv abierta o radio. Extiende de 3 a 4 las licencias totales para el ámbito local (art. 17). El artículo 18 extiende de 15% a 45% el porcentaje de capital accionario de un medio que puede comercializarse en el mercado de valores; entre otras modificaciones.
Curiosamente, el artículo 28 crea en el ámbito del Ministerio una comisión para reformar las leyes alcanzadas por el decreto. Sin embargo, dice en los Considerandos, que como eso es insuficiente, reforma varios artículos en el mismo texto del decreto.
En los mencionados Considerandos podemos tener un pantallazo de las motivaciones e intereses de las reformas, y de la visión de sus ejecutantes. A modo de juego y síntoma, nos puede decir mucho saber que la palabra “industria” se menciona 22 veces, “convergencia” 16, “competencia” 11, “consumidores” 7, “inversión” 6, “mercado” 5. Ah, y “libertad de expresión” y “acceso a la información”, 4 veces, “derechos” 3, “brecha digital” 2. Y “concentración”… Concentración solo 1…
Para acceder al decreto completo aquí
Por Francisco Godinez Galay, CPR-CEPPAS – Foto: Lavoz.com.ar