Julieta Wallace, abogada de las víctimas durante la primera etapa del caso, analiza con Al Margen el pedido de prisión preventiva para el cabo Pintos.
Julieta Wallace, Sofía Bordenave y Natalia Araya fueron las abogadas de la familia de Rafael Nahuel durante el primer tramo de la causa que este miércoles tuvo un vuelco imprevisto cuando la Cámara de Apelaciones de General Roca procesó al cabo Francisco Pintos por homicidio agravado, sustituyendo la figura de homicidio en exceso de legítimo defensa y dictando, además, su prisión preventiva.
El tribunal cambió también la calificación de los otros cuatro albatros procesados como coautores de homicidio en exceso de legítima defensa. No los sobreseyó, sino que les dictó la falta de mérito: es decir, la ausencia de pruebas que determinen su autoría material del crimen que, según las pericias, recae sobre Pintos.
En su resolución, uno de los jueces explicó que entre el primer y último casquillo encontrado durante la inspección ocular en el lugar había 300 metros lineales, algo incompatible con la versión de Pintos que dijo haber huido de una emboscada.
En diálogo con Al Margen, Julieta Wallace dice que “se empieza a derrumbar la teoría del enfrentamiento”.
¿Cómo tomaste la decisión de la Cámara?
Estamos contentos por los papás de Rafael y porque creemos que se está empezando a vislumbrar justicia y que nuestra estrategia jurídica fue acertada durante los primeros seis meses de la causa, respaldada por la APDH (Asamblea Permanente por los Derechos Humanos) y la CTEP (Confederación de Trabajadores de la Economía Popular), organización en la que desarrollaba oficios Rafa Nahuel.
¿Por qué destacás que la estrategia jurídica fue acertada?
Hubo otra campana que planteaba que debíamos recusar al juez Villanueva, porque había ordenado el desalojo del lugar y esto implicaba una suerte de adelantamiento de opinión o prejuzgamiento. Si hubiésemos recusado al juez, la causa podría habérsenos ido a Trelew, a Esquel o cualquier lado, como sucedió con la de Santiago Maldonado. Logramos además constituir una mesa de diálogo, con la presencia de dirigentes sociales nacionales y el obispo Chaparro, en un contexto en que se constituía sobre el pueblo mapuche la figura del enemigo interno para crear un estado represivo. Fue un acierto convocar como perito a Silvia Bufanlini, que intervino también en la casusa de Puente Pueyrredón y de Mariano Ferreyra. Producto de su trabajo es que hoy se llega a esta instancia.
Afirmás que empieza a caerse la teoría del enfrentamiento…
A partir de la autopsia y la inspección ocular donde vimos más de 40 vainas en el suelo, más la cantidad de proyectiles ausentes en las armas secuestradas, no dudamos en pensar que se trataba de un homicidio agravado y no una muerte dudosa. Por eso desde el inicio de la causa solicitamos el cambio de carátula.
¿La muerte dudosa sostenía la teoría del enfrentamiento?
La muerte dudosa obedece o esconde un tipo de enfrentamiento, las circunstancias del hecho. Y el homicidio obedece a que una persona mató a otra, en este caso agravado por el cargo que ostentaba el victimario y la ausencia de una justificación de la defensa personal. Luego, cuando supimos los resultados de las pericias, solicitamos la indagatoria y prisión preventiva del cabo Pintos.
¿Por qué se demoró tanto?
La causa se retrasó por acción de la fiscal Little y el Ministerio Público Fiscal, que obedece a Patricia Bullrich. Hubo maniobras dilatorias sometidas a razones políticas, no jurídicas. Todo lo que se revelaba a favor del homicidio agravado había que cotejarlo nuevamente. A eso habría que sumar que el juez Villanueva no se la jugó: nunca pidió la prisión preventiva de Pintos, porque determinó que no había riesgo de fuga. Nosotros decíamos “cómo no va a haber riesgo de fuga, si tienen todos los servicios de inteligencia a su merced”.
¿Cómo sigue la causa?
La causa está en etapa de instrucción. La prisión preventiva es parte de una etapa transitoria. Hay sospechas que recaen sobre Pinto, quien debería seguir en prisión mientras espera su juicio. No es una sentencia condenatoria, sino una medida preliminar.
Por Pablo Bassi
Equipo de Comunicación Popular Colectivo al Margen