El juez Bernardo Campana otorgó a Federico Pajarín -imputado de homicidio culposo por la muerte de Manuel Benítez- la suspensión de juicio a prueba. Este caso de gran repercusión en nuestra sociedad no tendrá un debate público como así lo desean los padres de Manuel. La Fiscalía y la querella manifestaron que apelarán la resolución.
Manuel Benítez perdió la vida en medio de una tormenta inesperada para cumplir con su trabajo. El 26 de abril del 2022, el refugiero quedó atrapado bajo la nieve a pocos metros de la cabaña. El concesionario del refugio, Federico Pajarín, es el único responsable penal por su accionar negligente y por faltar a las reglas de las relaciones laborales. Manuel subió solo, sin la ropa ni el equipamiento adecuado para gestionar el peligro de las condiciones adversas en terreno de altura.
El pasado 17 de octubre la defensa pidió la suspensión del juicio a prueba (probation) basándose en el derecho que establece el código penal cuando la pena es menor a 3 años y cuando el procesado carece de antecedentes penales. La fiscalía se opuso argumentando que la familia no estaba de acuerdo con la probation. Los padres de Manuel procuran que las condiciones de la muerte de su hijo se debatan de forma oral y pública. A su vez se destacó que el caso demostraba una repercusión importante en la sociedad. El abogado querellante Raúl Ochoa también se opuso y manifestó que solicitará una pena de 4 años de prisión efectiva para Pajarín.
En la audiencia de control de acusación la fiscalía y la querella recusaron al juez Campana por ser miembro del Club Andino. Se formularon dudas en relación a su imparcialidad para decidir si el caso se eleva a juicio. Si bien el Club Andino es el dueño de los refugios, es el concesionario -que gana la licitación- el que determina la vida cotidiana de la cabaña. El magistrado Arroyo dispuso que el juez Campana estaba en condiciones de intervenir en la causa por no tener vínculo con las partes del proceso. El Club Andino no tiene responsabilidad penal en esta causa, pero la querella insistirá en una responsabilidad civil por la falta de control de las leyes laborales en sus refugios.
Este jueves el juez Campana comunicó su resolución y explicitó sus razones para conceder dicho derecho al imputado fundamentando su decisión en el texto del Código Penal. El homicidio culposo tiene una pena de 1 a 5 años. En todo homicidio culposo estamos frente a una persona que causó la muerte de otra sin querer y que causó ese resultado, por ejemplo, por negligencia o por incumplir los reglamentos que regulan una determinada actividad. Ambas situaciones se le reprochan a Pajarín. El reproche por imprudencia o temeridad son formas más graves en cuyos casos el autor aumenta el riesgo de las circunstancias del hecho y justifican una pena más alta. La Fiscalía estudió el caso y presentó una pretensión punitiva menor a 3 años. “La querella -dijo el juez- no probó que la Fiscalía no haya observado alguna instancia medular del caso para poder pretender una pena superior que impida este beneficio.
“Entiendo la posición de los padres de Manuel -dijo el juez magistrado- que han sufrido una pérdida irreparable, lo entiendo como padre. Ellos consideran que la única forma de resolver el caso es a través de un juicio y de una condena, pero la ley establece alternativas diferentes como la suspensión de juicio a prueba que en mi carácter de juez no puedo desoír”.
Además el juez comparó la causa con el caso de Villa Huinid que ocasionó más de una muerte y que tuvo trascendencia pública e indicó que la justicia no debe guiarse por el impacto social a la hora de dictaminar su veredicto. En la audiencia anterior, el defensor no solo pidió la suspensión del juicio, sino que también comunicó el ofrecimiento por parte del concesionario de una reparación económica de 800.000 pesos a pagar en cuotas, más el monto de 23.000.000 de la ART. “Aunque la reparación económica por parte de Pajarín sea irrisoria para la situación -dijo el magistrado- la ley no la establece como requisito para la suspensión del juicio.
Por último, el juez dispuso la realización de una próxima audiencia para que se establezcan las reglas de conducta para el imputado y el tiempo de la pena que tendrá que cumplir. La fiscalía y la querella apelarán la sentencia.
Por Verónica Battaglia
Cooperativa de Comunicación Popular Al Margen
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