La Corte Suprema -en un lapso extremadamente breve- suspendió la entrega del título de propiedad comunitaria a la comunidad Millalonco Ranquehue sobre las tierras que habita hace más de cien años en la ladera del cerro Otto y que el Ejército disputa para sí.
La denuncia penal presentada por los diputados de Cambiemos, avalada por la cámara de apelaciones de Comodoro Py, postergó el reconocimiento jurídico de la posesión de las tierras a la comunidad.
Este 29 de marzo, en tan solo diez días, el supremo tribunal postergó la entrega del título de propiedad de la tierra a la comunidad Millalonco Ranquehue. Este fallo no suspendió la entrega de tierras a nadie, como algunos medios de comunicación pretenden difundir.
La comunidad habita este lugar: cría sus ovejas, cultiva sus plantas y realiza sus prácticas espirituales desde hace ciento veinte años. En 1940, el ejército pasó a tener la administración de esas tierras donde ya vivía la comunidad. Desde ese momento, existe un conflicto constante con la institución militar que consiste en denuncias por usurpación e intentos de desalojos,
Esta sentencia resolvió postergar el derecho constitucional que le otorgaba a la comunidad la seguridad jurídica necesaria para que pueda vivir en paz. “No hay un verdadero o falso perjuicio – dice Matías Schraer, apoderado de la comunidad-, la comunidad va a seguir estando en su territorio. El único perjuicio es para aquél que imagina hacer un emprendimiento inmobiliario con esas tierras. El título de propiedad comunitaria establece el carácter intransmisible e inenajenable del territorio”.
En el año 2020, después de que el ejército irrumpiera en el territorio y destruyera la huerta comunitaria, espacio que comparten los comuneros con los vecinos de los barrios de la zona, la comunidad presentó un recurso de amparo. El juzgado federal de Bariloche ordenó al Estado la entrega inmediata del título de propiedad comunitaria a la comunidad. El ministerio de defensa apeló el fallo, pero lo hizo fuera del plazo legal. Como esta instancia fue rechazada debió presentar un recurso extraordinario federal.
Diputados de Cambiemos, entre los que se encuentra el candidato del PRO a gobernador, presentaron una denuncia para que se investigue a los abogados del ministerio de defensa -implicados en la demora de la apelación-. El juez federal Rafecas la rechazó, pero la cámara de apelaciones de Comodoro Py conformada por los jueces Bruglia, Bertuzzi y Llorens, dio curso a esta denuncia.
La celeridad con la que se expidió la corte, amparada en una “gravedad institucional” -categoría subjetiva y que no está fundamentada-, teniendo en cuenta que este tribunal superior de justicia cuenta con la posibilidad de declinar ciertos casos por falta de competencia, este fallo supone un claro mensaje institucional: la corte asume este conflicto como parte de su agenda.
Estas acciones se enmarcan en un consenso más amplio, inclinado hacia la derecha, que difunde discursos de odio en donde la imagen del pueblo mapuche se convierte en una amenaza para la nación argentina. Una semana atrás, en la legislatura de Mendoza, se aprobó una declaración que niega la preexistencia del pueblo mapuche en el territorio argentino.
Es importante resaltar que esta comunidad eligió la vía legal para hacer valer sus reclamos y llevó a cabo todos los pasos que indica el INAI para que el Estado la reconozca. Y fue en el quincho de la comunidad donde sesionó el concejo que -en 2015- declaró a Bariloche como municipio Intercultural.
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) se presentó como amicus ante la corte suprema y solicitó una audiencia pública que convoque a las comunidades y a otras organizaciones, con el propósito de hacer cumplir los compromisos constitucionales y los acuerdos internacionales. Existe un precedente -el caso Lhaka Honhat contra la Argentina-, en el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos le reclamó al Estado una ley que reconozca el derecho a la propiedad comunitaria indígena.
Ahora hay que esperar a que se resuelva la causa penal para que se ejecute favorablemente o no la sentencia que ordena al Estado la entrega del título de propiedad comunitaria.
Por Verónica Battaglia
Cooperativa de Comunicación Popular Al Margen
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