Este domingo se cumplen 45 años del crimen de cinco integrantes de la orden de los Palotinos en Buenos Aires. El hecho aún impune fue investigado por el periodista Eduardo Kimel, que debió enfrentar un fallo adverso de la Corte Suprema menemista y la condena a un año de prisión.
A las 7.30 del 4 de julio de 1976, la parroquia de San Patricio en Buenos Aires todavía permanecía cerrada. Un grupo de feligreses esperaba largamente en la puerta la primera misa de ese domingo, entre ellos el joven organista de la iglesia, que decidió entrar por una ventana abierta y subir a primer piso de la casa parroquial, donde descubrió atónito el cuerpo acribillado sobre un charco de sangre de los curas Alfredo Kelly, Alfredo Leaden y Pedro Duffau, y los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti. Todos pertenecientes a la orden Palotinos.
A las pocas horas se acercaron la máxima dirigencia católica y el jefe de la Policía Federal, General Arturo Corbetta. La información oficial que reprodujo la prensa atribuyó el crimen a la guerrilla de izquierda. Resultaba extraña esa versión. El cura Alfredo Kelly, horas atrás asesinado, solía condenar a la dictadura en sus homilías y hablar de los pobres y los obreros.
Una serie de elementos convencieron rápido a la orden palotina y al jefe de Policía sobre quién estaba detrás de la masacre que mereció la queja formal del Papa Pablo VI. En 1989, el periodista Eduardo Kimel reunió aquellos indicios y explicó que habían sido consecuencia de una disputa en el seno de las Fuerzas Armadas.
En su investigación publicada en el libro “La masacre de San Patricio”, Kimel desnuda la contradicción entre las declaraciones reunidas por el juez a cargo de la causa, Guillermo Rivarola, donde estaban involucrados policías de la Federal.
Enrolado en las filas de militares legalistas, el jefe de la Policía Federal, Corbetta, se había negado a la caza indiscriminada de brujas en busca de los autores del atentado en la Superintendencia de Seguridad Federal ocurrido días antes. En pocas horas le plantaron 16 muertos en presuntos hechos delictivos, y después el ministro del Interior, Albano Harguindeguy, lo echó.
En 1977, el juez Rivarola cerró la causa sin haber efectuado un solo procesamiento. En 1984, se reabrió y se volvió a cerrar.
“La lectura de las fojas judiciales conduce a una primera pregunta: ¿Se quería realmente llegar a una pista que condujera a los victimarios? ”, se preguntó el periodista Eduardo Kimel en el libro.
“ El juez Rivarola cumplió con la mayoría de los requisitos formales de la investigación, aunque resulta ostensible que una serie de elementos decisivos para la elucidación del asesinato no fueron tomados en cuenta. La evidencia de que la orden del crimen había partido de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa, llevándola a un punto muerto. ”
Ese párrafo motivó al juez Rivarola a impulsar una causa por calumnias e injurias que llegó a la Corte Suprema. En diciembre de 1998, el máximo tribunal ordenó dictar una nueva sentencia que revocara la absolución que la Cámara de Apelaciones había determinado sobre el periodista.
La mayoría automática adjudicó a Kimel dolo y falsedad tendientes a desacreditar a Rivarola. La Cámara de Apelaciones acató el fallo y confirmó la condena de la jueza de primera instancia, Ángela Braidot, que impedía a Kimel salir del país, lo multaba con 20 mil dólares y lo penaba a un año de prisión.
Kimel y el CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) recurrieron entonces a la CIDH (Corte Interamericana de Derechos Humanos), que en 2008 exigió al Estado argentino que dejara sin efecto la condena en su contra, lo indemnizara con 30 mil dólares, lo reconociera públicamente y modifique su legislación.
“En sociedades democráticas, los funcionarios se exponen voluntariamente al escrutinio y la crítica”, sostuvo la CIDH. “La afectación a la libertad de expresión fue manifiestamente desproporcionada, por excesiva, en relación con la alegada afectación del derecho a la honra”, agregó.
Siguiendo sus recomendaciones, el Congreso Nacional sancionó en octubre de 2009 la ley que despenaliza los delitos de calumnia e injuria cuando se trata de casos de interés público. A esa ley se la denominó “Kimel”.
Un año después, la Cámara Nacional de Casación Penal dejó sin efecto la sentencia en su contra. Pero Kimel ya había fallecido. El crimen de los palotinos, mientras tanto, espera justicia en la megacausa ESMA.
Por Pablo Bassi
Fotos: Archivo Télam
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