El ginecólogo que se negó a realizar un aborto no punible en Río Negro fue condenado a dos años y cuatro meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Entrevista exclusiva de Al Margen con el fiscal del caso Santiago Márquez Gauna.
Tal como lo había adelantado, Rodríguez Lastra no asistió al edificio de tribunales en Urquiza y España en la vecina ciudad de Cipolletti. Tampoco lo hizo su abogado defensor, Damián Torres. El ginecólogo fue condenado por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público tras encontrarlo autor penalmente responsable de la obstrucción de un aborto legal a una joven víctima de violación en abril del 2017. La decisión fue tomada por la justicia de Río Negro que tuvo en cuenta que, en ese momento, el médico, se desempeñaba como jefe del servicio de Ginecología del hospital Pedro Moguillansky de Cipolletti y además estaba de guardia. Luego de la denuncia judicial el médico firmó la objeción de conciencia al igual que todos los médicos del área.
Desde Al Margen dialogamos con el fiscal Santiago Márquez Gauna, a cargo del caso junto con Annabela Camporesi.
– ¿Cuáles son los principales puntos y alcances de la sentencia a Rodríguez Lastra?
-En principio no hemos tenido acceso a la sentencia en su totalidad que va a ser notificada, pero hemos escuchado al juez Meynet que dio los puntos centrales. Lo importante es que lo declaró responsable del delito de incumplimiento de deberes de funcionario público lo cual deja en claro que hay una ley provincial que lo que haces es apoyar el derecho que está reconocido nacionalmente a todas las mujeres víctimas de un abuso sexual que quedan embarazadas a tener el derecho de acceder a una interrupción legal del embarazo y que los médicos que no lo hagan o lo obstruyan van a ser declarados culpables por no cumplir con esta ley. Esto es lo principal. Entendió que su conducta había incumplido la ley y por eso había que declararlo responsable. Fue condenado a un año y dos meses a prisión en suspenso y el doble de inhabilitación para el ejercicio de cualquier cargo de funcionario público ya sea designado por autoridad competente o cargo electivo. Esto quiere decir que en principio no va a cumplir la pena efectivamente siempre y cuando cumpla las pautas de conducta que se le impusieron que son la de rigor y la de no acercarse a la víctima. Y que, durante el doble de la duración, quiere decir 2 años y 4 meses, no puede ejercer como funcionario público en ningún lugar del país.
– ¿La Fiscalía quedo conforme con el fallo?
-Tenemos que revisar los fundamentos, si bien la declaración de responsabilidad era lo que nosotros habíamos pedido hay algunas pautas de conducta específicas que solicitamos y que no fueron concedidas en la sentencia. Analizaremos los fundamentos de por qué no los concedieron y si no los compartimos recurriremos para pedir que otro tribunal las imponga.
– ¿Se tiene conocimiento si la defensa va a apelar el fallo?
-La defensa ya adelantó que va a impugnar el fallo porque obviamente, como fue declarado responsable Rodríguez Lastra ellos, no lo comparten. La fiscalía todavía no ha analizado la sentencia en su total extensión.
-Hasta que el fallo no quede firme, ¿Rodríguez Lastra podrá seguir ejerciendo como médico? ¿Podrá continuar como jefe del servicio en Cipolletti?
-Sí, es acertado de acuerdo a nuestro sistema legal todas las personas son inocentes hasta que se demuestre lo contrario y ese que se demuestre lo contrario es que la sentencia que se le dictó en su contra quede firme, quiere decir que tiene que pasar por todos los recursos que en principio comprende dos recursos en la provincia, y recurso de impugnación ordinario que lo resuelve el tribunal de impugnación luego de ello el recurso extraordinario provincial que lo resuelve el superior tribunal de justicia de Rio Negro y por último el recurso extraordinario federal ante la corte suprema de justicia de la Nación, quiere decir que de irse manteniendo esta declaración de responsabilidad la defensa puede recurrir a estas tres instancias.
-Cumpliendo estos tres pasos podrá seguir siendo jefe de ginecología de Cipolletti
-No, cualquier funcionario público que es condenado por delito doloso en cumplimiento de sus funciones debe ser apartado de acuerdo a las leyes provinciales.
-Que nos puede comentar acerca del clima que se vivió en la sede judicial y en el juicio
-Hubo un clima distendido, tranquilo, no hubo manifestaciones de ninguno de los sectores que estuvieron presentes durante el juicio, si durante el juicio hubo presencia de los sectores tratando de hacer valer su postura sin entender que no discutimos lo que ellos discuten en la calle, aborto si o aborto no, se está discutiendo si cumplió o no cumplió una ley específica.
– ¿En cuanto a la importancia para el ministerio público, cual es el sentido que usted le da a este fallo o a la trascendencia siendo una sentencia que va a generar por imprudencia?
-Es un gran logro, esperamos que sea un modesto aporte a nivel nacional desde nuestra provincia en estas cuestiones ya que la Ley provincial es de avanzada, creemos que sirve para afianzar el reconocimiento de los derechos de las mujeres vulnerables que son el colectivo que concurre mayormente a la salud pública. Efectivamente ya ha ocurrido que el ministerio de salud de la provincia ha estructurado los medios para cumplir con estas obligaciones y esperemos que pueda servir para que en el resto del país se reconozca y asegure el derecho vigente desde 1921 en el código penal de la República Argentina que es el derecho de toda mujer que queda embarazada producto de una violación pueda acceder la interrupción legal del embarazo.
– ¿Es decir que, a partir de este fallo en otros casos similares, mujeres han podido acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en la provincia de Rio Negro?
-Si, otra joven muy joven de 12 años, cursaba un embarazo con más de 20 semanas, solicitó la interrupción del mismo y el Ministerio de Salud cumpliendo con su obligación arbitró todos los medios pertinentes para que se lo llevara adelante y efectivamente pudo acceder a este derecho que asegura la constitución, el código penal y las leyes provinciales.
– ¿Algo más que nos quiera agregar?
-No, esperemos que se siga sosteniendo, que confiamos en la decisión, confiamos en la sentencia justa que correspondía y que ahora se inicia otra etapa que es la de los recursos, que seguramente va a traer otras discusiones que estamos dispuestos a dar en el convencimiento de que el resultado es el correcto.
Vale la pena recordar el papel que ha tenido este médico dentro de la sociedad en los últimos meses. Lo más notorio fue su precandidatura a diputado nacional por Ciudad de Buenos Aires en la lista del Partido Demócrata Cristiano, pero no obtuvo los votos suficientes en las PASO. De esta manera quedó fuera de la carrera electoral.
Desde hace meses, no se encuentra ejerciendo su rol (jefe del servicio de ginecología) en el hospital cipoleño “Pedro Moguillansky” ya que pidió licencia psiquiátrica. A pesar de ello, sí ha realizado algunas intervenciones en provincias como Salta en donde participó hace unos días atrás del II Congreso “Provida” llamado “Familia, sé lo que eres”. Este gesto fue tomado como una verdadera provocación por el movimiento feminista ya que su presencia coincidió con el Día Internacional de lucha por el Derecho al Aborto en Latinoamérica y el Caribe.
Rodríguez Lastra carga con ocho expedientes en su contra por maltrato, violencia verbal y hostigamiento a personal hospitalario y también a pacientes. Todas las denunciantes son mujeres. Así y todo, desde distintos sectores fundamentalistas y antiderechos que enarbolan el pañuelo celeste, siguen defendiéndolo sin importar los daños y consecuencias que este médico pueda seguir ejerciendo y cuyas principales víctimas, tal como está demostrado, somos mujeres.
Por Luciana Avilés
Equipo de Comunicación Popular Colectivo al Margen