En Bariloche se dio una situación que viene sucediendo a lo largo del país y tiene que ver con el aumento de los abusos policiales. Dialogamos con que Federico Efron, coordinador de litigio del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
Virgina estaba viajando en un colectivo de la línea 70 de la Empresa Mi bus por la mañana del martes 24 de julio cuando la Policía Federal subió al colectivo y les pidió el DNI a las y los pasajeros que se encontraban en el mismo. Cuando la entrevistamos desde al Margen, además de denunciar y repudiar esta situación, algunas de sus dudas fueron ¿Qué derechos y garantías tenemos cuando nos para al Policía? ¿Qué pasa con la averiguación de antecedentes? ¿Qué hago si soy menor de edad en estas circunstancias? ¿Por qué las fuerzas de seguridad realizan estas prácticas?
Frente a estas preguntas, esta es la información que Federico Efron, coordinador de litigio del CELS nos facilitó:
“En primer lugar es importante destacar que no hay ninguna Ley en Argentina que obligue a los ciudadanos a llevar su DNI ni tampoco hay ninguna Ley que permita a la Policía detener a una persona al solo efecto de identificarla. Sin embargo, como sabemos, eso suele suceder y hay que conocer las siguientes circunstancias:
- Si nos detienen para pedirnos el DNI y no está definido en ninguna Ley que es lo que puede pasar. Sin embargo, hay ciertos límites respecto a que es lo máximo que puede pasar y es que te lleven a una comisaría para que te identifiquen. Uno tiene que saber que están obligados a hacer todo lo posible por identificarte de la manera más inmediata posible para que estés como máximo 12 horas detenido.
- No podés estar esposado en ningún momento, no podés estar alojado en una celda con otras personas sino en una sala común. Te tienen que trasladar en un auto que este identificado como de la policía, no un auto de civil. En cuanto una persona de tu grupo familiar o conocida acredite tu identidad tenés que ser liberado inmediatamente.
- Si pasas más de 12 horas detenido, tienen que comunicar obligatoriamente tu detención al Juzgado que este de turno.
En segundo lugar si uno tiene DNI y tiene antecedentes, salvo que haya alguna orden de detención o de captura vigente no te pueden detener. El hecho de tener antecedentes no significa nada más que lo que surja en la causa en la cual uno tiene antecedentes. Entonces, no habiendo una orden de captura, no te pueden detener,
En tercer lugar, si uno es menor de edad, aparte de las cuestiones mencionadas respecto a la detención si uno no tiene DNI, la necesidad de avisar a la familia se ve también reforzada por el hecho de que están obligados a avisar que hay un menor detenido al Juez de Menores, al Fiscal y al Defensor de Menores. No podés estar nunca en un calabozo, nunca alojado con mayores de edad. No podés estar esposado y tampoco te pueden tomar las huellas digitales.
En ultima instancia el justificativo de porque las Fuerzas de Seguridad hacen esto, es difícil contestarlo con certeza. Es una práctica que se explica como parte del control poblacional o prevención del delito. Lo cierto es que se realiza en forma discriminatoria porque siempre se detiene a las mismas personas que suelen estar ya de por si estigmatizadas en la sociedad.
Lo que sí sabemos es que de las pocas estadísticas que hay en Argentina, esto no previene el delito de ninguna manera ya que detener a personas en la calle no es la forma en la cual uno encuentra a un delincuente o a alguien que vaya a cometer un delito.”
Por Mariela Martínez y Julia Biagioli
Equipo de Comunicación Popular Colectivo Al Margen