(por CELS) Por indicación del gobierno argentino, la semana pasada se les denegó la autorización para participar en la reunión ministerial de la Organización Mundial de Comercio a alrededor de sesenta personas argentinas y extranjeras, cuyas organizaciones habían sido acreditadas.
Luego de que esto tomara estado público, el Ministerio de Relaciones Exteriores afirmó en un comunicado que esta decisión se había tomado en virtud de que las organizaciones o las personas “habían hecho explícitos llamamientos a manifestaciones de violencia a través de las redes sociales, expresando su vocación de generar esquemas de intimidación y caos”. El texto evidencia que se realizaron tareas de acopio de información, recolección, evaluación y/o análisis de información personal.
Hoy, algunas de estas personas, quienes igualmente decidieron venir al país, fueron demoradas en el aeropuerto de Ezeiza y se las dejó ingresar luego de gestiones realizadas por las embajadas. Esta situación es indicio de que en base a la información recolectada se armó un listado que circuló desde la Cancillería hacia la OMC y también hacia Migraciones.
Las decisiones tomadas por el Poder Ejecutivo sobre la participación de determinadas personas en la reunión de la OMC afectan derechos como la libertad de expresión, la libertad de opinión y el derecho a la participación, entre otros. Al mismo tiempo, la Ley de Inteligencia Nacional establece que ningún organismo de inteligencia puede “obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción”.
A fin de conocer quiénes y cómo construyeron ese listado y cuáles son los antecedentes en manos del Poder Ejecutivo, hoy presentamos un conjunto de pedidos de habeas data, acompañando a personas que no podrán ingresar a la reunión ministerial, y una solicitud de acceso a la información pública. Estas solicitudes se realizaron en el marco del derecho constitucional al habeas data, la ley de acceso a la información pública y la ley de protección de datos personales.
Los pedidos de habeas data demandan a la Cancillería que informe, de manera inmediata, qué datos tiene sobre un grupo de personas excluidas de la reunión ministerial: solicitamos registros, archivos, documentos, expedientes, trámites o notas de dependencias del Poder Ejecutivo Nacional, en particular en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, el Ministerio de Seguridad de la Nación y/o la Agencia Federal de Inteligencia (AFI).
El pedido de acceso a la información pública solicita que se informe qué dependencias y funcionarios evaluaron las acreditaciones y con qué criterios lo hicieron, qué antecedentes se consideraron para negar y/o revocar una acreditación, qué instrucciones se dieron a las agencias del Poder Ejecutivo para recabar información y antecedentes sobre los solicitantes de acreditación, en la Argentina y en el exterior, entre otras cuestiones.
Por otra parte, interpusimos un habeas corpus preventivo en favor de todas aquellas personas que puedan verse alcanzadas por las decisiones de la autoridad administrativa que impiden de manera ilegítima y arbitraria su ingreso a la Argentina y, sobre todo, acarrean su detención (retención) en el Aeropuerto de Ezeiza, y/o otras zonas o lugares de ingreso al país, en función de la denegación de acreditación como participantes del 11° Conferencia Ministerial de la O.M.C. Se solicitó al juez la protección de la libertad ambulatoria de estas personas conforme a la Ley vigente y que se requiera a las autoridades administrativas que den cuenta e informen con precisión por qué a estas personas se les obstaculiza el ingreso al país.
El habeas corpus fue rechazado por el juez federal de Lomas de Zamora, Federico Villena en una primera instancia. El jueves 7, el ciudadano noruego Petter S. Titland, de la organización ATTAC fue deportado.
El viernes 8 a las 18.30 hs., la Cámara Federal de La Plata revirtió la decisión del juez e indicó al magistraro que diera curso a la acción de habeas corpus. Pocos minutos después, la periodista británica Sally Burch, de la Agencia Latinoamericana de Información con sede en Ecuador.
Aquí puede leerse la decisión de la Cámara Federal de La Plata.