(por 8300.com.ar) La Justicia la condenó a un mes de prisión en suspenso y a un año de prohibición de ejercicio de la medicina por “lesiones culposas”, en el caso de una joven que falleció en Esquel. La profesional fue absuelta del delito de aborto. Organizaciones feministas accionarán para impedir que el fallo quede firme.
El juicio, que comenzó el 31 de Julio y terminó once días después en los Tribunales de Esquel, tuvo como objeto de investigación el accionar de una médica residente que garantizó la Interrupción Legal de un Embarazo (ILE) a una joven de 17 años en diciembre de 2015. La mujer, que realizó los controles post aborto en el Hospital Sub zonal de El Maitén, falleció en Esquel semanas después. La justicia intentó investigar la conexión entre el deceso y la práctica de ILE, pero no pudo encontrar un nexo irrefutable.
Sin embargo, el fallo del juez Oscar Colabelli apuntó en dos direcciones: discriminó el aborto como hecho controvertido y apuntó hacía una irresponsabilidad en la práctica médica.
“Hay un aborto cuando hay un bebé en el seno materno”, explicó Colabelli en la lectura de la sentencia y agregó que en este caso “no se pudo comprobar la presencia de un feto”, y que habría habido “sí un huevo anembrionado”. El magistrado decidió sobre el caso sin considerar que la médica actuaba “conforme a derecho”, tal como lo establece el Código Penal en su Art. 86, inciso 1. Pasó por alto el Fallo F.A.L. de la Corte Suprema de Justicia de marzo 2012 e hizo lo propio con el Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) elaborado, en 2015, por el Ministerio de Salud de la Nación.
Resuelto, desde su óptica, la ausencia de un aborto, el juez entendió que la médica acusada incurrió en prácticas que resultaron lesivas para la joven. Tanto la fiscalía como el magistrado apuntaron directamente a la médica residente pasando por alto los más de 20 profesionales de salud que atendieron a la joven cuando se produjo su derivación a la ciudad de Esquel.
Para la Red de Socorristas (feministas que abortamos), este caso habla de un “ensañamiento que busca disciplinar a los equipos de salud que garantizan derechos en todo el país”.
En este sentido, la activista feminista Ruth Zurbriggen, integrante de la Red, señaló que: “Si algo quedó demostrado, durante el juicio, fue la capacidad profesional de la médica acusada, porque fue aplicando uno a uno los principios que plantea el protocolo. Ella hizo todo lo que tenía que hacer y se demostró con el registro de la historia clínica y las derivaciones a los médicos de Esquel. Sin embargo eso no fue investigado”.
Desde la Red de Socorristas anunciaron que van a permanecer atentas a los tiempos judiciales para insistir en la revocatoria de la condena, para que se levante la inhabilitación por un año que dispuso el juez. Aseguran que “justicia es la absolución completa” de la médica imputada.
Fallo espejo
En 2012, el juez Oscar Colabelli negó un aborto no punible a una niña de 12 años que había sido víctima de una violación. Tal decisión lo llevó a enfrentar una causa en su contra, con posterior inhabilitación y el caso fue elevado a la Corte Suprema de Justicia de Chubut por iniciativa de un grupo de profesionales de la salud en esa provincia.
“Que diga que hay aborto cuando hay un bebé en un seno materno refleja esa moralidad religiosa que lo marcó en 2012. Evidentemente no aprendió nada de aquella condena”, sintetizó Zurbriggen.